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Ley 26.949

VigenteNacional

Convenio de Seguridad Social entre la Argentina y Luxemburgo

Sanción:2 de julio de 2014BO:2 de septiembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
seguridad socialjubilacionestotalización de aportesLuxemburgo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Celebrado en Alcalá de Henares (España) el 13 de mayo de 2010 (34 artículos), coordina los sistemas de seguridad social de la Argentina y Luxemburgo mediante la totalización de períodos de seguro, el prorrateo de las prestaciones, la exportación de beneficios, la igualdad de trato y la cooperación entre los organismos previsionales, para las contingencias de vejez, invalidez y sobrevivencia.

Objetivo

Que quienes trabajaron en la Argentina y en Luxemburgo puedan sumar sus aportes y cobrar jubilación o pensión en cualquiera de los dos países.

Problema que resuelve

Sin convenio, los años aportados en un país no se computaban en el otro y muchos trabajadores migrantes quedaban sin acceso a beneficio o lo perdían al cambiar de residencia.

A quiénes alcanza

trabajadores que aportaron en Argentina y Luxemburgomigrantesjubilados y pensionadosderechohabientes
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado a totalizar los períodos de seguro cumplidos en Luxemburgo y a pagar la parte proporcional de las prestaciones conforme al convenio.

Derechos que reconoce

  • Quienes aportaron en ambos países tienen derecho a sumar esos períodos para acceder a jubilación, pensión por invalidez o sobrevivencia, y a cobrar la prestación aunque residan en el otro Estado.

Casos de uso

  • Una persona que trabajó años en Luxemburgo y años en la Argentina y necesita completar los requisitos para jubilarse.
  • Un jubilado que se muda al otro país y quiere seguir cobrando su beneficio.

Preguntas frecuentes

Para sumar los aportes hechos en la Argentina y en Luxemburgo y así acceder a una jubilación o pensión. El artículo 1° de la ley aprueba el convenio.