Resumen ejecutivo
Prohíbe vender, expender o suministrar a menores de edad los adhesivos, pegamentos, cementos de contacto, selladores y similares que contengan más del 10% p/p de solventes orgánicos volátiles susceptibles de ser inhalados para provocar efecto psicoactivo (listados en el Anexo A y los que agregue el Ministerio de Salud). Exige que esos productos se inscriban en un Registro del Ministerio de Industria, con rotulado que incluya leyendas de advertencia, la forma de aplicación y un teléfono para intoxicaciones. Para presentaciones de 5 kg o 5 litros o más, el comerciante debe llevar registros de compra y venta en un libro foliado. Prohíbe además el fraccionamiento del envase original. Fija un régimen de sanciones (multa, clausura, inhabilitación y ) cuyo producido se destina a la lucha contra la drogadicción, y rige en todo el país.Objetivo
Prevenir el consumo de inhalantes por parte de menores, prohibiendo la venta a menores de productos con solventes volátiles y regulando su comercialización y rotulado.Problema que resuelve
El consumo de inhalantes (pegamentos y solventes usados como droga barata) entre niños y adolescentes se veía facilitado por la venta libre y sin advertencias de estos productos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes