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Ley 26.993

VigenteNacional

Ley 26.993 - Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo

Sanción:17 de septiembre de 2014Promulgación:18 de septiembre de 2014BO:19 de septiembre de 2014Ver fuente oficial
78artículos
defensa del consumidorresolución de conflictosCOPRECconciliaciónjusticia de consumo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Establece tres niveles para los reclamos de consumo de bajo monto: el COPREC ( previa y obligatoria, gratuita para el ), la Auditoría en las Relaciones de Consumo (instancia administrativa) y la Justicia Nacional en las Relaciones de Consumo ( judicial especializado, con procedimiento ágil).

Objetivo

Dar al una vía rápida, gratuita y especializada para resolver conflictos de consumo.

Problema que resuelve

Los reclamos de consumo de bajo monto no tenían una vía ágil y barata; esta ley crea la previa gratuita y un especializado.

A quiénes alcanza

consumidoresusuariosempresasproveedoresabogados
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El proveedor debe comparecer a la audiencia de ante el COPREC.
  • El reclamo ante el COPREC es previo y obligatorio antes de la instancia judicial, dentro de los topes de monto.

Derechos que reconoce

  • Del : a una previa gratuita y a un especializado y ágil.
  • A reclamar sin necesidad de patrocinio en la instancia de .

Casos de uso

  • Iniciar un reclamo de consumo de bajo monto sin costo.
  • Entender los tres niveles: COPREC, Auditoría y Justicia de Consumo.
  • Saber cuándo la previa es obligatoria.

Preguntas frecuentes

El Servicio de Previa en las Relaciones de Consumo: una instancia de previa, obligatoria y gratuita para el , para reclamos de bajo monto, antes de ir a la Justicia.