Artículo 4Aceptación de cesiones, donaciones y legados
Texto oficial
El Poder
Ejecutivo nacional queda autorizado a gestionar y aceptar del gobierno
de la provincia de San Luis, de la Municipalidad de la Villa de Merlo y
de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones,
donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles, para el
cumplimiento de lo establecido en la presente ley, que constituirán el
patrimonio de la Universidad Nacional de los Comechingones.
Qué significa en la práctica
Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar y aceptar de la provincia de San Luis, de la Municipalidad de Villa de Merlo y de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones, donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles. Esos bienes constituirán el patrimonio inicial de la universidad.