Ley 26.998

Artículo 4Aceptación de cesiones, donaciones y legados

Texto oficial

El Poder Ejecutivo nacional queda autorizado a gestionar y aceptar del gobierno de la provincia de San Luis, de la Municipalidad de la Villa de Merlo y de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones, donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles, para el cumplimiento de lo establecido en la presente ley, que constituirán el patrimonio de la Universidad Nacional de los Comechingones.

Qué significa en la práctica

Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar y aceptar de la provincia de San Luis, de la Municipalidad de Villa de Merlo y de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, cesiones, donaciones o legados de bienes muebles e inmuebles. Esos bienes constituirán el patrimonio inicial de la universidad.

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