Resumen ejecutivo
Cuando una persona o una empresa tiene ingresos o bienes en dos países, los dos pueden pretender cobrarle impuestos sobre lo mismo. Esta ley aprueba el Convenio entre la República Argentina y la Confederación Suiza para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, suscripto en Berna el 20 de marzo de 2014, que consta de 28 artículos y un Protocolo. El convenio reparte entre los dos Estados la potestad de gravar cada tipo de renta y de patrimonio, de modo que el contribuyente no tribute dos veces por el mismo hecho.Objetivo
Evitar que las rentas y el patrimonio de residentes argentinos y suizos queden gravados dos veces por los dos países.Problema que resuelve
Sin un convenio vigente, la misma ganancia o el mismo bien podía ser alcanzado por el impuesto argentino y por el impuesto suizo, encareciendo la inversión y el comercio entre ambos países y generando incertidumbre sobre qué Estado podía cobrar.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes