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Ley 27.019

VigenteNacional

Convenio de reconocimiento de títulos y certificados de estudios primarios y secundarios con la República Dominicana

Sanción:19 de noviembre de 2014BO:17 de diciembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
reconocimiento de estudioseducación primariaeducación secundariaRepública Dominicanacooperación educativa
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

A diferencia de los convenios universitarios, este acuerdo se ocupa de la escuela: los títulos y certificados de educación primaria, general básica y secundaria —o sus denominaciones equivalentes en cada país—. La Ley 27.019 aprueba el convenio celebrado con la República Dominicana en Buenos Aires el 12 de mayo de 2011, que consta de siete artículos y un anexo (el anexo es el que suele contener la tabla de equivalencias entre los niveles y grados de los dos sistemas educativos). La ley tiene solo dos artículos: aprueba el convenio y ordena comunicarlo al Poder Ejecutivo; el texto del tratado va como anexo y no forma parte del articulado.

Objetivo

Aprobar el convenio con la República Dominicana para el reconocimiento recíproco de los títulos y certificados de estudios de nivel primario y secundario.

Problema que resuelve

Las familias que se mudaban entre la Argentina y la República Dominicana no tenían un marco bilateral para que los estudios escolares ya cursados y los certificados obtenidos fueran reconocidos: cada caso se resolvía por vía administrativa.

A quiénes alcanza

estudiantes dominicanos que continúan sus estudios en la Argentinaestudiantes argentinos que continúan sus estudios en la República Dominicanafamilias migrantes con hijos en edad escolarescuelas y autoridades educativas jurisdiccionales
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente, desde la entrada en vigor del convenio, a reconocer los títulos y certificados de estudios primarios y secundarios dominicanos en los términos acordados.

Derechos que reconoce

  • Que los estudios primarios y secundarios cursados en la República Dominicana sean reconocidos en la Argentina bajo un marco bilateral.
  • Que un estudiante no pierda los años de escuela ya aprobados al mudarse de un país al otro.

Casos de uso

  • Una familia dominicana que se radica en la Argentina y necesita inscribir a sus hijos en el año escolar que les corresponde.
  • Un adolescente argentino que termina el secundario en la República Dominicana y quiere seguir estudiando en la Argentina.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Convenio de Reconocimiento de Títulos y Certificados de Estudios de Educación Primaria, Educación General Básica y Secundaria o sus denominaciones equivalentes entre la República Argentina y la República Dominicana, celebrado en Buenos Aires el 12 de mayo de 2011, que consta de siete artículos y un anexo.