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Ley 27.030

VigenteNacional

Acuerdo de cooperación técnica con Suriname

Sanción:19 de noviembre de 2014BO:24 de diciembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
cooperación técnicaSurinameSudaméricacooperación Sur-Surtratados bilaterales
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Ley 27.030 aprueba el Acuerdo de Cooperación Técnica entre la República Argentina y la República de Suriname, celebrado en la ciudad de Nueva York el 28 de septiembre de 2012, que consta de catorce artículos. Suriname es vecino sudamericano y a la vez miembro de la comunidad caribeña, lo que lo ubica en el cruce de las dos agendas de cooperación regional de la Argentina. Como todo acuerdo de cooperación técnica, funciona como convenio paraguas: crea el marco jurídico para que después los Estados acuerden proyectos concretos (asistencia de expertos, capacitación, transferencia de experiencia). La ley tiene dos artículos: aprueba el acuerdo y lo comunica al Poder Ejecutivo; el texto del tratado va como anexo y no integra el articulado.

Objetivo

Aprobar el acuerdo que enmarca la cooperación técnica bilateral entre la Argentina y Suriname.

Problema que resuelve

La cooperación técnica con Suriname no contaba con un instrumento bilateral aprobado por el Congreso que le diera base jurídica estable.

A quiénes alcanza

organismos públicos que ejecutan proyectos de cooperación técnicaexpertos argentinos que participan en misiones de cooperaciónCancillería argentina
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente, desde la entrada en vigor del acuerdo, a canalizar la cooperación técnica con Suriname conforme a los catorce artículos pactados.

Derechos que reconoce

  • Que la cooperación técnica bilateral con Suriname se desarrolle bajo un marco aprobado por el Congreso.

Casos de uso

  • Un organismo argentino que quiere ejecutar un proyecto de asistencia técnica en Suriname.
  • Un profesional argentino convocado como experto en una misión de cooperación en ese país.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Acuerdo de Cooperación Técnica entre la República Argentina y la República de Suriname, celebrado en la ciudad de Nueva York el 28 de septiembre de 2012, que consta de catorce artículos.