Resumen ejecutivo
La Comisión Internacional de Estado Civil (CIEC) es una organización intergubernamental dedicada a la cooperación entre los registros civiles: el estado civil de las personas (nacimientos, matrimonios, defunciones, nombre, filiación) y la circulación internacional de las actas y certificados que lo prueban. La Ley 27.035 (Comisión Internacional de Estado Civil) aprueba, en un solo acto, los cuatro instrumentos que la rigen: el Protocolo relativo a la CIEC (Berna, 25 de septiembre de 1950, cuatro artículos), su Protocolo Adicional (Luxemburgo, 25 de septiembre de 1952, un artículo único), el Reglamento de la Comisión (Atenas, 19 de septiembre de 2001, treinta y dos artículos) y el Reglamento Financiero (Atenas, 19 de septiembre de 2001, seis artículos). Es el paso legislativo necesario para que la Argentina participe de la organización.Objetivo
Aprobar los instrumentos que rigen la Comisión Internacional de Estado Civil para que la Argentina participe de ese organismo de cooperación registral.Problema que resuelve
La documentación del estado civil circula mal entre países: cada Estado tiene sus formularios, sus idiomas y sus exigencias de legalización, y eso complica la vida de quienes nacen, se casan o mueren fuera de su país.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes