Volver al listado

Ley 27.048

VigenteNacional

Día del Inmigrante Libanés (segundo sábado de marzo)

Sanción:3 de diciembre de 2014BO:9 de enero de 2015Ver fuente oficial
2artículos
inmigración libanesacolectividadesfecha conmemorativa
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley instituye el segundo sábado del mes de marzo de cada año como Día del Inmigrante Libanés, haciéndolo coincidir con el Día Mundial del Emigrante Libanés (artículo 1°). Es una fecha conmemorativa pura: la ley tiene dos artículos y no le encomienda actividades a ningún organismo, no la incorpora al calendario escolar ni asigna fondos. Su valor es de reconocimiento a la colectividad libanesa, una de las corrientes migratorias con presencia histórica en la Argentina. Al fijarse en un sábado móvil y no en una fecha fija, la conmemoración no afecta la actividad laboral ni escolar.

Objetivo

Reconocer el aporte de la inmigración libanesa a la Argentina con una fecha conmemorativa alineada con la celebración mundial.

Problema que resuelve

La colectividad libanesa en la Argentina no tenía una fecha conmemorativa nacional propia, pese a existir un Día Mundial del Emigrante Libanés.

A quiénes alcanza

colectividad libanesa en la Argentinaasociaciones de la comunidad libanesa
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Una asociación de la colectividad libanesa organiza su celebración anual y cita la ley que instituye la fecha.
  • Un municipio quiere adherir a la conmemoración y necesita la norma nacional de referencia.

Preguntas frecuentes

El segundo sábado del mes de marzo de cada año, en coincidencia con el Día Mundial del Emigrante Libanés (Art. 1).