Resumen ejecutivo
La ley instituye el segundo sábado del mes de marzo de cada año como Día del Inmigrante Libanés, haciéndolo coincidir con el Día Mundial del Emigrante Libanés (artículo 1°). Es una fecha conmemorativa pura: la ley tiene dos artículos y no le encomienda actividades a ningún organismo, no la incorpora al calendario escolar ni asigna fondos. Su valor es de reconocimiento a la colectividad libanesa, una de las corrientes migratorias con presencia histórica en la Argentina. Al fijarse en un sábado móvil y no en una fecha fija, la conmemoración no afecta la actividad laboral ni escolar.Objetivo
Reconocer el aporte de la inmigración libanesa a la Argentina con una fecha conmemorativa alineada con la celebración mundial.Problema que resuelve
La colectividad libanesa en la Argentina no tenía una fecha conmemorativa nacional propia, pese a existir un Día Mundial del Emigrante Libanés.A quiénes alcanza
Casos de uso
Preguntas frecuentes