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Ley 27.059

VigenteNacional

Día Nacional del Docente de Nivel Inicial (28 de mayo, en conmemoración de Rosario Vera Peñaloza)

Sanción:3 de diciembre de 2014BO:13 de enero de 2015Ver fuente oficial
3artículos
nivel inicialdocentesRosario Vera Peñalozacalendario escolar
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley instituye el 28 de mayo de cada año como Día Nacional del Docente de Nivel Inicial, en conmemoración de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza (artículo 1°). El artículo 2° contiene la precisión decisiva y la razón de ser de la norma: la celebración no implica el cese de las actividades escolares de nivel inicial. Es decir, la ley reconoce al docente de jardín pero deja expresamente sentado que la fecha no es asueto y que los jardines siguen funcionando ese día. Sin esa aclaración, la conmemoración podría haberse interpretado como día no laborable para el nivel, con el consiguiente impacto en las familias.

Objetivo

Reconocer a los docentes del nivel inicial con una fecha propia sin afectar el dictado de clases.

Problema que resuelve

Los docentes de nivel inicial no tenían una fecha nacional propia de reconocimiento; a la vez, instituirla sin aclaraciones podía generar la suspensión de las actividades del jardín ese día.

A quiénes alcanza

docentes de nivel inicialjardines de infantesfamilias con hijos en el nivel inicial
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Las actividades escolares del nivel inicial no cesan el 28 de mayo: la ley dispone expresamente que la celebración no implica la suspensión de clases (artículo 2°).

Casos de uso

  • Un jardín de infantes organiza el acto del 28 de mayo y necesita saber si debe dictar clases ese día.
  • Una familia consulta si el jardín cierra el Día del Docente de Nivel Inicial.

Preguntas frecuentes

El 28 de mayo de cada año, en conmemoración de la pedagoga Rosario Vera Peñaloza (Art. 1).