Resumen ejecutivo
La ley institucionaliza la política pública de las artes gráficas creando el INAG, un organismo dentro del Ministerio de Cultura con la misión de fomentar, preservar y difundir la ilustración, el dibujo humorístico, la historieta y el arte tipográfico. Define su conducción (un director designado por el Poder Ejecutivo por cuatro años más un Consejo Asesor ad honorem de cinco vocales), sus funciones (promoción, archivo y centro de documentación, exposiciones, becas, premios, capacitación y difusión internacional), un Registro Único de Artistas Gráficos de inscripción por declaración jurada, y financiamiento con partidas del Presupuesto Nacional. Obliga a los medios de Radio y Televisión Argentina S.E. a difundir sus actividades como contenido de interés público.Objetivo
Crear un organismo estatal rector que fomente, preserve y difunda las artes gráficas nacionales.Problema que resuelve
Antes de la ley las artes gráficas argentinas (historieta, ilustración, humor gráfico, tipografía) no tenían un organismo estatal específico que las promoviera, archivara ni preservara su patrimonio.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes