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Ley 27.079

VigenteNacional

Modificación del Código Penal: abandono de servicio de fuerzas de seguridad y militares (art. 252)

Sanción:16 de diciembre de 2014BO:19 de diciembre de 2014Ver fuente oficial
2artículos
Código Penalabandono de serviciofuerzas de seguridaddelitos militares
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Antes de esta ley, el Art. 252 — Código Penal de la Nación Argentina solo preveía una multa para el funcionario público que abandonaba su destino con daño del . La Ley 27.079 reescribió ese artículo y agregó figuras específicas y mucho más graves: el miembro de una fuerza de seguridad (nacional, provincial o de la CABA) o de una agencia estatal armada a cargo del cuidado de personas que a sabiendas abandona actos de servicio u omite su función tiene prisión de uno a tres años; si de ello resultan daños, lesiones o muertes, la pena sube a entre dos y ocho años; y el militar que abandona su servicio o deserta en conflicto armado o zona de catástrofe tiene prisión de uno a seis años, elevable hasta doce.

Objetivo

Reprimir penalmente el abandono injustificado de funciones esenciales de seguridad y defensa.

Problema que resuelve

El texto anterior del artículo 252 solo contemplaba una multa para el funcionario que abandonaba su destino, sin distinguir la gravedad del abandono de servicio por parte de fuerzas de seguridad o de militares.

A quiénes alcanza

funcionarios públicosmiembros de fuerzas de seguridadpersonal militar
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los funcionarios públicos, los miembros de las fuerzas de seguridad y los militares tienen el deber, penalmente exigible, de no abandonar injustificadamente los actos de servicio ni omitir la función a la que reglamentariamente están obligados.

Derechos que reconoce

  • La comunidad tiene garantizado que el abandono de funciones esenciales de seguridad y defensa acarrea responsabilidad penal.

Casos de uso

  • Un agente penitenciario abandona su puesto y se produce una fuga o un daño: puede ser por el nuevo artículo 252.
  • Un policía omite maliciosamente prestar el servicio al que está obligado.
  • Un militar deserta o abandona su destino en zona de catástrofe.

Preguntas frecuentes

Reescribió el artículo 252, que castiga el abandono de servicio. Antes solo preveía una multa para el funcionario público que abandonaba su destino; ahora agrega penas de prisión para los miembros de las fuerzas de seguridad y para los militares.