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Ley 27.083

VigenteNacional

Banco Centroamericano de Integración Económica: aumento de capital y suscripción de acciones por la Argentina

Sanción:16 de diciembre de 2014BO:10 de febrero de 2015Ver fuente oficial
6artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Argentina es socio extrarregional del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), un banco de desarrollo que financia obras y proyectos en la región. Esta ley aprueba las reformas al Convenio Constitutivo del BCIE contenidas en la Resolución AG-7/2009, que modifican sus artículos 4, 5, 6 y 35 y aumentan el capital autorizado del banco en 2.000 millones de dólares, llevándolo a 5.000 millones. También aprueba la parte que le toca a la Argentina en ese aumento: 8.640 acciones Serie B por 86,4 millones de dólares, de los cuales el 75% es capital exigible y el 25% capital pagadero (parte con Certificados Serie E y parte en efectivo, en cuatro cuotas anuales iguales). El Banco Central queda autorizado a efectuar los aportes y la Secretaría de Hacienda debe proveerle los fondos de contrapartida, previa inclusión en el presupuesto.

Objetivo

Aprobar el aumento de capital del BCIE y la suscripción de acciones que le corresponde a la Argentina como socio del banco.

Problema que resuelve

El BCIE necesitaba ampliar su capital para sostener su de préstamo, y la Argentina debía aprobar por ley tanto la reforma del convenio constitutivo como el compromiso de aporte que le correspondía.

A quiénes alcanza

Estado nacionalBanco Central de la República ArgentinaSecretaría de Hacienda
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La Argentina debe suscribir 8.640 acciones Serie B por 86,4 millones de dólares: 75% de capital exigible y 25% de capital pagadero (artículos 2° y 3°).
  • El capital pagadero en efectivo (6.780.763,87 dólares) se abona en cuatro cuotas anuales, iguales y consecutivas (artículo 3°).
  • La Secretaría de Hacienda debe proveer al Banco Central los fondos de contrapartida, previa inclusión de la erogación en la ley de presupuesto (artículo 5°).

Derechos que reconoce

  • Que la Argentina mantenga su participación como socio del BCIE y el acceso al financiamiento de ese banco de desarrollo.

Casos de uso

  • El Banco Central debe instrumentar el pago de una cuota del aporte argentino al BCIE.
  • El Poder Ejecutivo debe incluir la erogación en el proyecto de presupuesto del año correspondiente.

Preguntas frecuentes

Las modificaciones al Convenio Constitutivo del BCIE contenidas en la Resolución AG-7/2009, que reforman sus artículos 4°, 5°, 6° y 35 y aumentan el capital autorizado del banco en 2.000 millones de dólares, llevándolo a 5.000 millones (artículo 1°).