Resumen ejecutivo
El tráfico de bienes culturales —piezas arqueológicas, obras de arte, documentos históricos, objetos paleontológicos— es un negocio transnacional: la pieza se saca de un país y aparece en el mercado de otro. Ningún Estado puede combatirlo solo. El Convenio suscripto con Colombia el 20 de septiembre de 2012, de trece artículos y un anexo, obliga a ambos países a prevenir la apropiación, importación, exportación y transferencia ilícitas de esos bienes y a cooperar en su recuperación y restitución. La Ley 27.086 (Bienes culturales — Convenio con Colombia) lo aprueba.Objetivo
Prevenir el tráfico ilícito de bienes culturales entre la Argentina y Colombia y facilitar la restitución de las piezas sustraídas.Problema que resuelve
Las piezas del patrimonio cultural sustraídas en un país se comercializan en otro, y sin un compromiso bilateral de control y restitución la recuperación depende de gestiones diplomáticas caso por caso.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes