Ley 27.099

Artículo 1Casilda, Capital Nacional de la Báscula

Texto oficial

Declárese Capital Nacional de la Báscula a la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe.

Qué significa en la práctica

Declara Capital Nacional de la Báscula a la ciudad de Casilda, provincia de Santa Fe, reconociendo su especialización en la fabricación de instrumentos de pesaje. Es la única disposición de fondo: un título honorífico. La ley no regula la fabricación, la metrología ni la certificación de las básculas, y no otorga beneficios a los fabricantes.

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