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Ley 27.125

VigenteNacional

Protocolo con Chile: entidad binacional para el Túnel de Baja Altura del Ferrocarril Trasandino Central

Sanción:25 de febrero de 2015BO:6 de marzo de 2015Ver fuente oficial
2artículos
integración con Chileferrocarril trasandinoinfraestructura binacionaltransporte de cargasTratado de Maipú
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Casi toda la carga que cruza a Chile va hoy por camión, por pasos de altura que la nieve cierra. El proyecto del Túnel de Baja Altura del Ferrocarril Trasandino Central apunta a devolverle a la cordillera una conexión ferroviaria, con un túnel a menor altura y por lo tanto operable todo el año. Este II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú, firmado en Santiago el 23 de diciembre de 2014, crea el marco de la entidad binacional a cargo del proyecto. El protocolo tiene 19 artículos; la ley que lo aprueba tiene dos: el de aprobación y la cláusula de forma.

Objetivo

Aprobar el protocolo binacional con Chile que constituye la entidad binacional para el proyecto del Túnel de Baja Altura - Ferrocarril Trasandino Central.

Problema que resuelve

La conexión ferroviaria transandina dejó de operar y el intercambio de cargas con Chile depende casi enteramente del transporte carretero por pasos de altura, vulnerables al clima. Un proyecto ferroviario binacional necesita una entidad y un marco jurídico comunes a los dos Estados.

A quiénes alcanza

transportistas y exportadores de cargas hacia Chileprovincias cordilleranasempresas ferroviarias y de infraestructuraEstados argentino y chileno
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente por el protocolo y por los compromisos asumidos con Chile respecto de la entidad binacional del proyecto.

Derechos que reconoce

  • Que exista una entidad binacional con marco jurídico propio para conducir el proyecto ferroviario.
  • Que el intercambio de cargas con Chile cuente con un proyecto de infraestructura respaldado por ambos Estados.

Casos de uso

  • La conducción binacional del proyecto del túnel ferroviario de baja altura entre la Argentina y Chile.
  • La planificación del transporte de cargas hacia el Pacífico por vía ferroviaria.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el II Protocolo Complementario al Tratado de Maipú relativo a la Entidad Binacional para el Proyecto “Túnel de Baja Altura - Ferrocarril Trasandino Central”, suscripto en Santiago el 23 de diciembre de 2014, que consta de 19 artículos.