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Ley 27.127

VigenteNacional

Lugar Histórico Nacional: el predio del Paseo Costanero Arturo Illia (Mar del Plata) y su comisión de memoria

Sanción:11 de marzo de 2015BO:30 de marzo de 2015Ver fuente oficial
3artículos
MemoriaSitios de memoriaPatrimonio históricoMar del PlataPreservación ambiental
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

En la Escuela de Suboficiales de la Marina de Mar del Plata funcionó un centro clandestino de detención durante la última dictadura. La Lugar Histórico Nacional del Paseo Costanero Arturo Illia declara lugar histórico nacional al predio lindante, sobre el Paseo Costanero “Arturo Illia”, en Punta Mogotes —identificado catastralmente como circunscripción IV, sección Y, fracción I, parcelas 4 y 5 del partido de General Pueyrredón— y va más allá de la declaración: constituye una comisión con integración expresamente determinada (organizaciones sociales, sobrevivientes del centro clandestino, familiares de desaparecidos, la Universidad Nacional de Mar del Plata, el municipio de General Pueyrredón y legisladores provinciales y nacionales), cuya función es asegurar el desarrollo cultural del predio, la preservación de su área natural y el espacio para la memoria. La comisión puede dictar su propio reglamento y sus miembros trabajan ad honórem.

Objetivo

Proteger el predio del Paseo Costanero Arturo Illia como lugar histórico y espacio de memoria, y darle una comisión que asegure su preservación cultural y natural.

Problema que resuelve

Un predio costero cargado de memoria —lindante con el edificio donde funcionó un centro clandestino de detención— estaba expuesto a usos que borraran su valor histórico y a la degradación de su área natural, sin ningún órgano que velara por él.

A quiénes alcanza

Sobrevivientes del centro clandestino de detenciónFamiliares de desaparecidosOrganizaciones sociales de Mar del PlataUniversidad Nacional de Mar del PlataMunicipio de General Pueyrredón
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Constituir la comisión prevista en el artículo 2°, integrada por organizaciones sociales, sobrevivientes del centro clandestino de detención de la Escuela de Suboficiales de la Marina, familiares de desaparecidos, la Universidad Nacional de Mar del Plata, un representante del municipio de General Pueyrredón y legisladores provinciales y nacionales.
  • La comisión debe asegurar el desarrollo cultural del predio, la preservación de su área natural y el espacio para la memoria (artículo 2°).
  • Los miembros de la comisión desempeñan la función ad honórem (artículo 2°).

Derechos que reconoce

  • Los sobrevivientes del centro clandestino de detención, los familiares de desaparecidos y las organizaciones sociales tienen derecho a integrar la comisión que decide sobre el predio (artículo 2°).

Casos de uso

  • Participar en la comisión que define el destino del predio.
  • Fundamentar la oposición a un uso del predio que afecte su valor histórico o su área natural.
  • Documentar la protección del sitio como espacio para la memoria.

Preguntas frecuentes

El predio ubicado sobre el Paseo Costanero “Arturo Illia”, en Punta Mogotes, coincidente con la ruta provincial N° 11 entre Mar del Plata y Miramar, identificado catastralmente como circunscripción IV, sección Y, fracción I, parcelas 4 y 5 del partido de General Pueyrredón (artículo 1°).