Resumen ejecutivo
La muerte súbita de origen cardiovascular puede revertirse si se aplica una desfibrilación en los primeros minutos. La ley crea un sistema de prevención integral que obliga a los espacios públicos y privados de acceso público (según el tránsito de personas que fije la reglamentación) a instalar desfibriladores externos automáticos (DEA) accesibles y señalizados, mantenerlos operativos y capacitar a su personal en RCP y en el uso del DEA. Protege de responsabilidad a quien asiste (buen samaritano) y prevé sanciones de hasta 100.000 pesos para los incumplimientos.Objetivo
Reducir la morbimortalidad por muerte súbita de origen cardiovascular en espacios de acceso público mediante la disponibilidad de desfibriladores y personal capacitado.Problema que resuelve
Sin desfibriladores accesibles ni personal entrenado, la mayoría de los paros cardíacos en lugares públicos terminaban en muerte por falta de asistencia en los minutos críticos.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes