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Ley 27.161

VigenteNacional

Navegación Aérea — Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA)

Sanción:15 de julio de 2015Promulgación:29 de julio de 2015BO:30 de julio de 2015Ver fuente oficial
31artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ley de 2015 que reorganiza el control del tránsito aéreo argentino: lo define como esencial (por lo que ante huelgas debe garantizarse una guardia mínima) y transfiere su prestación a EANA, una sociedad del Estado que se rige por el derecho privado y se autofinancia con las tasas aeronáuticas. La ANAC continúa como autoridad aeronáutica que regula y fiscaliza. Los controladores aéreos y demás personal pasan a EANA conservando sus derechos laborales.

Objetivo

Separar la prestación del servicio de navegación aérea (a cargo de EANA) de su regulación y fiscalización (a cargo de la ANAC), profesionalizando el control aéreo y garantizando su continuidad como servicio esencial.

Problema que resuelve

El control del tránsito aéreo estaba en la órbita militar (Fuerza Aérea). La ley lo pasa a una empresa estatal civil especializada, con financiamiento propio, y asegura que un conflicto gremial no pueda paralizar por completo los vuelos.

A quiénes alcanza

controladores de tránsito aéreopersonal de EANAANACaerolíneas y usuarios del espacio aéreogremios aeronáuticos
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los gremios del sector deben garantizar una guardia mínima ante medidas de fuerza (por ser servicio esencial).
  • EANA debe garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea según estándares de la OACI.
  • EANA debe autofinanciarse y reinvertir en la actividad las ganancias que obtenga.

Derechos que reconoce

  • El personal transferido conserva sus derechos laborales, económicos y de la seguridad social, y el cómputo de su antigüedad.
  • Los trabajadores de EANA tienen garantía de empleo y prohibición de despido directo sin causa.
  • Ante la disolución de EANA, el personal puede optar por reincorporarse a la Administración Pública Nacional.

Casos de uso

  • Un controlador aéreo que pasó de la Fuerza Aérea a EANA mantiene su antigüedad y su .
  • Ante un paro de controladores, se garantiza una guardia mínima para no paralizar todos los vuelos.
  • Una aerolínea extranjera puede recibir servicios de navegación aérea prestados por EANA a terceros Estados.

Preguntas frecuentes

La Empresa Argentina de Navegación Aérea, una sociedad del Estado creada por esta ley que presta el control del tránsito aéreo en Argentina (antes lo hacía la Fuerza Aérea).