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Ley 27.175

VigenteNacional

Aprobación de la Cuenta de Inversión del ejercicio 2012

Sanción:26 de agosto de 2015BO:28 de septiembre de 2015Ver fuente oficial
3artículos
cuenta de inversióncontrol presupuestarioejecución del presupuestorendición de cuentas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Cuenta de Inversión es el informe con el que el Poder Ejecutivo rinde cuentas de cómo ejecutó el presupuesto de un año; el Congreso debe aprobarla o desecharla como cierre del control externo del gasto público (art. 75 inc. 8 de la Constitución Nacional). Esta ley aprueba la Cuenta de Inversión del ejercicio 2012. Su artículo 2° aclara expresamente que la aprobación no impide iniciar ni continuar los procedimientos para hacer efectivas las responsabilidades de los funcionarios por los actos del período: no funciona como salvoconducto.

Objetivo

Cerrar el control parlamentario de la ejecución del presupuesto correspondiente al ejercicio 2012.

Problema que resuelve

La Constitución exige que el Congreso apruebe o deseche la Cuenta de Inversión; sin ese acto queda inconcluso el control externo de la ejecución presupuestaria.

A quiénes alcanza

Poder Ejecutivo nacionalCongreso de la Naciónorganismos de control (Auditoría General de la Nación, SIGEN)
Análisis jurídico

Derechos que reconoce

  • Que la aprobación de la Cuenta de Inversión no impida investigar ni hacer efectivas las responsabilidades de los funcionarios públicos por los actos del período (art. 2°).

Casos de uso

  • Consultar si el Congreso aprobó la ejecución presupuestaria del ejercicio 2012.
  • Verificar que la aprobación de la cuenta no extingue las responsabilidades de los funcionarios.

Preguntas frecuentes

Es el informe con el que el Poder Ejecutivo rinde cuentas al Congreso de cómo ejecutó el presupuesto de un año. El Congreso la aprueba o la desecha (art. 75 inc. 8 de la Constitución Nacional). Esta ley aprueba la del ejercicio 2012.