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Ley 27.184

VigenteNacional

Modificación del Estatuto de la Entidad Binacional Yacyretá (acuerdo por canje de notas con Paraguay)

Sanción:23 de septiembre de 2015BO:19 de octubre de 2015Ver fuente oficial
2artículos
Yacyretáentidad binacionalenergía hidroeléctricarío Paranárelación con el Paraguay
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La represa de Yacyretá, sobre el río Paraná, no la administra un Estado sino un ente binacional: la Entidad Binacional Yacyretá, creada por el Tratado que la Argentina y el Paraguay firmaron el 3 de diciembre de 1973. Su Estatuto —el Anexo A de ese Tratado— es el que define cómo se organiza y funciona ese ente. Esta ley aprueba un acuerdo por canje de notas, firmado en Buenos Aires el 12 de noviembre de 2014, que modifica seis artículos de ese Estatuto: el 6°, el 10, el 15, el 16, el 17 y el 20. Como todo tratado, la modificación requería la aprobación del Congreso; la ley tiene dos artículos, el de aprobación y la cláusula de forma. El texto del acuerdo no se transcribe: se agrega como copia autenticada.

Objetivo

Aprobar el acuerdo con el Paraguay que modifica seis artículos del Estatuto de la Entidad Binacional Yacyretá.

Problema que resuelve

El Estatuto de la Entidad Binacional Yacyretá data de 1973 y sus reglas de organización y funcionamiento requerían actualización; al ser parte de un tratado, solo pueden modificarse por acuerdo entre ambos Estados y con aprobación legislativa.

A quiénes alcanza

Entidad Binacional YacyretáEstados argentino y paraguayosector eléctrico nacionalprovincias del litoral
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente por la modificación acordada del Estatuto de la Entidad Binacional Yacyretá.

Derechos que reconoce

  • Que las reglas de organización y funcionamiento del ente binacional que administra Yacyretá estén actualizadas y acordadas entre ambos Estados.

Casos de uso

  • El funcionamiento institucional de la Entidad Binacional Yacyretá y sus órganos.
  • La relación entre la Argentina y el Paraguay en la administración de la represa del río Paraná.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba un acuerdo por canje de notas, suscripto en Buenos Aires el 12 de noviembre de 2014, que modifica los artículos 6°, 10, 15, 16, 17 y 20 del Anexo A —Estatuto de la Entidad Binacional Yacyretá— del Tratado celebrado el 3 de diciembre de 1973.