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Ley 27.189

VigenteNacional

Acuerdo marco con Uruguay para el desarrollo del proyecto de regasificación de gas natural licuado

Sanción:23 de septiembre de 2015BO:23 de octubre de 2015Ver fuente oficial
2artículos
gas natural licuadoregasificaciónintegración energéticaUruguayabastecimiento de gas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El gas natural licuado se transporta por barco a bajísima temperatura y, para poder usarlo, hay que devolverlo al estado gaseoso en una planta regasificadora antes de inyectarlo en la red de gasoductos. Es una infraestructura cara y estratégica, y en la región tanto la Argentina como el Uruguay dependieron de ella para cubrir sus faltantes de gas. Este acuerdo marco, celebrado en Buenos Aires el 2 de agosto de 2011 y aprobado por el Congreso en 2015, establece las bases de la cooperación entre ambos Estados para el desarrollo de un proyecto de regasificación de GNL. Consta de cinco artículos; la ley que lo aprueba tiene dos: el de aprobación y la cláusula de forma. Es un acuerdo marco: fija el andamiaje del proyecto, no sus contratos.

Objetivo

Aprobar el acuerdo marco con el Uruguay para el desarrollo de un proyecto de regasificación de gas natural licuado.

Problema que resuelve

La Argentina y el Uruguay enfrentaban faltantes de gas natural y la regasificación de GNL importado era una de las vías para cubrirlos; una planta de esa escala requiere un marco intergubernamental que ordene la cooperación entre los dos países.

A quiénes alcanza

Estados argentino y uruguayosector gasífero y eléctricousuarios del sistema de gas natural
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente por el acuerdo marco y por los compromisos de cooperación que allí asumió con el Uruguay.

Derechos que reconoce

  • Que ambos países cuenten con un marco intergubernamental para desarrollar en conjunto la infraestructura de regasificación de GNL.
  • Que el sistema de gas cuente con una vía adicional de abastecimiento respaldada por un acuerdo entre Estados.

Casos de uso

  • El desarrollo de una planta de regasificación de gas natural licuado en el marco de la cooperación con el Uruguay.
  • La planificación del abastecimiento de gas natural y la integración energética regional.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Acuerdo marco para el desarrollo del proyecto de regasificación de gas natural licuado entre la República Oriental del Uruguay y la República Argentina, celebrado en Buenos Aires el 2 de agosto de 2011, que consta de cinco artículos.