Ley 27.225

Artículo 5Creación de la Fiscalía y la Defensoría

Texto oficial

Créanse una (1) Fiscalía Federal de Primera Instancia y una (1) Defensoría Pública Oficial de Primera Instancia, ambas con asiento en la ciudad de Hurlingham, que actuarán por ante el juzgado que se crea por esta ley.

Qué significa en la práctica

Crea una Fiscalía Federal de Primera Instancia y una Defensoría Pública Oficial de Primera Instancia, ambas con asiento en Hurlingham, que actuarán ante el nuevo juzgado.

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