Volver al listado

Ley 27.226

VigenteNacional

Creación de la Defensoría Pública Oficial N° 2 de Neuquén

Sanción:26 de noviembre de 2015BO:4 de enero de 2016Ver fuente oficial
7artículos
Ministerio Público de la Defensadefensa públicajusticia federal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Ante los dos Juzgados Federales de Neuquén existía una sola defensoría pública oficial, insuficiente para la cantidad de causas. La ley crea la Defensoría Pública Oficial N° 2 con asiento en Neuquén, le fija sobre los departamentos de Pehuenches, Añelo y Confluencia (excluida la materia electoral), designa como instancia de alzada y superintendencia a la defensoría de General Roca (Río Negro) y crea los cargos necesarios en el Anexo I. Su puesta en marcha quedó condicionada a que el presupuesto del Ministerio Público de la Defensa contemple el crédito para el gasto.

Objetivo

Reforzar la defensa pública gratuita en la justicia federal de Neuquén creando una segunda defensoría oficial.

Problema que resuelve

Una única defensoría pública oficial debía cubrir todas las causas federales de dos juzgados en Neuquén, lo que dificultaba una asistencia jurídica adecuada a las personas sin recursos.

A quiénes alcanza

personas sin recursos con causas federales en Neuquénmagistrados y funcionarios del Ministerio Público de la Defensa
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Ministerio Público de la Defensa debe imputar a su presupuesto el gasto que demande la nueva defensoría para que esta entre en funcionamiento.

Derechos que reconoce

  • Los habitantes de los departamentos de Pehuenches, Añelo y Confluencia cuentan con una segunda defensoría pública oficial para su asistencia jurídica gratuita en causas federales.

Casos de uso

  • Una persona sin recursos imputada en una causa federal en Neuquén que necesita un defensor oficial.
  • Determinar qué defensoría oficial interviene según el departamento donde tramita la causa.

Preguntas frecuentes

Crea la Defensoría Pública Oficial N° 2, con asiento en la ciudad de Neuquén, que actúa junto con la ya existente ante los dos Juzgados Federales de esa (art. 1°).