Resumen ejecutivo
Ley aprobatoria de reformas al estatuto de un organismo internacional. La Organización Mundial del Turismo (OMT) es el organismo especializado de las Naciones Unidas para el turismo, del que la Argentina es Estado miembro. En su Decimosexta Asamblea General, celebrada en Dakar (Senegal) en 2005, la OMT aprobó por las Resoluciones A/RES/511 y A/RES/512 modificaciones a sus Estatutos. Como esos cambios afectan un tratado constitutivo del que la Argentina es parte, el Congreso debe aprobarlos por ley para que el país quede obligado. El texto de las modificaciones (un artículo y un anexo por cada resolución) se aprueba como anexo y no integra el articulado de esta ley. Su alcance es institucional: hace al funcionamiento interno del organismo, no crea obligaciones directas para las personas.Objetivo
Aprobar las reformas a los Estatutos de la OMT para que la Argentina quede obligada por ellas como Estado miembro.Problema que resuelve
Las modificaciones al estatuto de la OMT no rigen para la Argentina hasta que el Congreso las aprueba por ley.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes