Resumen ejecutivo
La acuicultura -el cultivo de organismos acuaticos como peces, moluscos y algas- carecia de un marco legal nacional que la ordenara y promoviera, pese a su potencial como fuente de alimento, empleo y desarrollo regional. La ley establece los objetivos, las autoridades competentes (el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Pesca junto con el SENASA), las definiciones de la actividad y las reglas de sustentabilidad, sanidad e inocuidad. Vuelve obligatoria la inscripcion en el Unico Registro Nacional de Establecimientos de Acuicultura (RENACUA) y crea un regimen de promocion con el Fondo Nacional para el Desarrollo de Actividades Acuicolas (FONAC), que financia hasta el 100% de la maquinaria e infraestructura, ademas de beneficios impositivos por diez anos. El regimen se aplica en las provincias que adhieran.Objetivo
Regular, fomentar y administrar el desarrollo sustentable de la acuicultura en todo el pais como fuente de alimentacion, empleo y desarrollo regional.Problema que resuelve
Antes de la ley, la acuicultura no tenia un marco legal nacional que la ordenara, promoviera ni le diera beneficios de fomento, pese a su potencial productivo y su necesidad de reglas de sustentabilidad y sanidad.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes