Resumen ejecutivo
Las tierras de la ex Compañía de Comunicaciones N° 9, en el Departamento Escalante de Comodoro Rivadavia, quedaron sin uso militar en manos del Estado nacional, en pleno tejido urbano y lindando con la ruta nacional 3. La ley las transfiere gratuitamente a la Municipalidad (art. 1°, con identificación catastral: Circunscripción 5, Sector 5, Macizo 100 —antes Fracción A—, Parcela 8, partida 26393), pero no como un regalo sin condiciones: la transferencia se hace con cargo de destinar el predio a un espacio verde afectado al público y a concretar, junto con su entorno, un Parque Municipal de escala regional (art. 2°). El municipio tiene diez años para cumplir ese destino; si no lo hace, la retrocesión de opera de pleno derecho y el inmueble vuelve al Estado nacional sin necesidad de otra ley (art. 3°). El municipio también asume la mensura definitiva, la materialización de los límites y la inscripción (art. 4°) y todos los gastos (art. 5°). La escritura la otorga la Escribanía General del Gobierno de la Nación y debe dejar constancia expresa del cargo, para que el destino quede escrito en el título (art. 6°).Objetivo
Transferir gratuitamente a Comodoro Rivadavia un predio nacional en desuso para que se convierta en un Parque Municipal de escala regional y espacio verde público.Problema que resuelve
Un predio del Estado nacional sin destino, dentro del ejido urbano de Comodoro Rivadavia, no podía ser aprovechado por el municipio: para transferir tierras nacionales hace falta una ley del Congreso. La ciudad carecía además de un gran espacio verde público de escala regional.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes