Resumen ejecutivo
Ley de artículo único que reconoce a Chicoana (provincia de Salta) como Capital Nacional del Tamal, el plato tradicional del noroeste argentino hecho con masa de maíz rellena y envuelta en chala. La declaración es honorífica: no crea un programa gastronómico, no asigna partidas ni obliga a ningún organismo. Su efecto es de identidad y de promoción turística: le da respaldo de ley nacional a una marca con la que la ciudad ya se identificaba. El texto no consigna los fundamentos de la elección.Objetivo
Reconocer por ley nacional la identificación de la ciudad salteña de Chicoana con el tamal como plato tradicional.Problema que resuelve
La tradición gastronómica de Chicoana no contaba con ningún reconocimiento oficial de alcance nacional que pudiera usar en su promoción.A quiénes alcanza
Casos de uso
Preguntas frecuentes