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Ley 27.262

VigenteNacional

Prohibición de plaguicidas fumigantes en el transporte de granos

Sanción:30 de junio de 2016BO:26 de julio de 2016Ver fuente oficial
9artículos
plaguicidastransporte de granosinocuidadfumigantes
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley prohíbe en todo el país el uso de plaguicidas fumigantes sobre granos, productos y subproductos, cereales y oleaginosas durante la carga en camiones o vagones y durante el tránsito hasta destino, para evitar residuos tóxicos y proteger la salud y la inocuidad de los granos. Crea un Formulario Único para el transporte terrestre de granos (Anexo I) que los titulares o responsables de la carga deben firmar como declaración jurada de que la mercadería no fue ni será tratada con fumigantes. Obliga a desinsectar los camiones y vagones después de cada descarga, a mantener la mercadería libre de insectos y arácnidos vivos, y prevé controles en ruta con exhibición del formulario junto a la carta de porte. Las infracciones se sancionan con multa equivalente al precio de venta del día de lo transportado y , con agravantes por . Invita a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires a adherir.

Objetivo

Prohibir el uso de plaguicidas fumigantes en el transporte de granos para proteger la salud y la inocuidad de la producción.

Problema que resuelve

Era práctica extendida fumigar los granos durante la carga y el transporte con plaguicidas, dejando residuos tóxicos peligrosos para quienes manipulaban la carga y para la inocuidad de los alimentos.

A quiénes alcanza

transportistas de granosacopiadores y responsables de cargaproductores agropecuariosempresas cerealeras
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Está prohibido usar cualquier plaguicida fumigante en granos, cereales y oleaginosas durante la carga y el tránsito.
  • Los responsables de la carga deben completar y firmar el Formulario Único con la declaración jurada de que la mercadería no fue tratada con fumigantes.
  • Los camiones y vagones deben desinsectarse después de cada descarga.
  • Quien almacene o transporte granos debe mantenerlos libres de insectos y arácnidos vivos.
  • En los controles de ruta el transportista debe exhibir el Formulario Único junto a la carta de porte.

Derechos que reconoce

  • Las personas que manipulan la carga y los consumidores tienen la garantía de que los granos transportados no fueron tratados con plaguicidas fumigantes.

Casos de uso

  • Un transportista de soja que debe firmar y exhibir el Formulario Único en un control de ruta.
  • Un acopiador que debe desinsectar sus vagones después de descargar el cereal.

Preguntas frecuentes

El uso de cualquier plaguicida fumigante sobre granos, cereales y oleaginosas durante su carga en camiones o vagones y durante el transporte hasta destino, en todo el país (artículo 1).