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Ley 27.274

VigenteNacional

Convenio con Chile para eliminar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal

Sanción:7 de septiembre de 2016BO:30 de septiembre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
doble imposiciónimpuesto a las gananciasimpuesto sobre el patrimonioChileevasión y elusión fiscal
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Chile es uno de los principales socios comerciales y de inversión de la Argentina, y muchas personas y empresas tienen rentas o bienes en los dos países. Esta ley aprueba el Convenio entre la República Argentina y la República de Chile para Eliminar la Doble Imposición en Relación a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y para Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal, celebrado en Santiago de Chile el 15 de mayo de 2015, que consta de 32 artículos y un protocolo. El convenio reparte entre los dos Estados la potestad de gravar cada tipo de renta y de patrimonio, e incorpora expresamente el objetivo de prevenir la evasión y la elusión fiscal.

Objetivo

Eliminar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio entre la Argentina y Chile y prevenir la evasión y la elusión fiscal.

Problema que resuelve

Sin convenio vigente, la misma renta o el mismo bien podía ser gravado por los dos países, lo que encarecía la inversión y el comercio bilateral; a la vez, la falta de un marco acordado facilitaba maniobras de evasión y elusión entre ambas jurisdicciones.

A quiénes alcanza

residentes argentinos con rentas o bienes en Chileresidentes chilenos con rentas o bienes en la Argentinaempresas con operaciones en ambos paísesinversores
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente a respetar el reparto de potestad tributaria acordado con Chile y a cooperar en la prevención de la evasión y la elusión fiscal.

Derechos que reconoce

  • Que una misma renta o un mismo patrimonio no sea gravado dos veces, en la Argentina y en Chile.
  • Invocar el convenio ante el fisco para determinar qué Estado tiene potestad de gravar cada renta.

Casos de uso

  • Un residente argentino obtiene rentas de una empresa chilena.
  • Una empresa chilena desarrolla actividad en la Argentina.
  • Una persona con bienes en ambos países determina dónde tributa por su patrimonio.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° aprueba el Convenio entre la República Argentina y la República de Chile para Eliminar la Doble Imposición en Relación a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y para Prevenir la Evasión y Elusión Fiscal, celebrado en Santiago de Chile el 15 de mayo de 2015, que consta de 32 artículos y un protocolo.