Resumen ejecutivo
Ley puntual y de aplicación automática. Exime por única vez de la multa y de la inclusión en el Registro de Infractores al deber de votar a los ciudadanos de 24 partidos de la provincia de Buenos Aires y de los departamentos Constitución y General López de Santa Fe que, por las inundaciones, no pudieron votar en las elecciones nacionales del 9 de agosto de 2015. Lo relevante en términos de acceso: el juzgado federal con electoral debe aplicarla , sin que el ciudadano tenga que hacer trámite ni petición alguna, y puede además ampliar por resolución fundada la eximición a otras áreas afectadas.Objetivo
Que no se sancione a quien no pudo votar por una catástrofe natural, sin obligarlo a hacer un trámite para probarlo.Problema que resuelve
Los ciudadanos afectados por las inundaciones quedaban registrados como infractores al deber de votar y debían tramitar individualmente la justificación de su ausencia.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes