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Ley 27.280

VigenteNacional

Autorización de salida de fuerzas para la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH)

Sanción:28 de septiembre de 2016BO:14 de octubre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución Nacional exige que el Congreso autorice la salida de fuerzas nacionales del territorio (art. 75 inc. 28). Con esta ley el Congreso autoriza la salida de medios, personal militar y de seguridad, y también de personal de ayuda humanitaria y de desarrollo institucional, social y de infraestructura, para participar en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH), operación de mantenimiento de la paz de la ONU. La autorización rige por dos años a partir del 1° de julio de 2016 y se ajusta al detalle del Anexo I (que no forma parte del articulado publicado). Es una autorización de plazo determinado; la MINUSTAH concluyó en octubre de 2017.

Objetivo

Autorizar la participación argentina, con fuerzas y personal, en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití.

Problema que resuelve

La participación de fuerzas argentinas en una misión de paz de la ONU en el exterior requiere la autorización previa del Congreso.

A quiénes alcanza

Fuerzas Armadasfuerzas de seguridadpersonal militarpersonal de ayuda humanitaria
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Conocer el marco legal por el que fuerzas argentinas participaron en la MINUSTAH en Haití.
  • Entender cómo el Congreso autoriza la salida de fuerzas para misiones de paz de las Naciones Unidas.

Preguntas frecuentes

Autoriza la salida del territorio nacional de medios, personal militar y de seguridad y personal de ayuda humanitaria para participar en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en Haití (MINUSTAH) por dos años desde el 1° de julio de 2016.