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Ley 27.282

VigenteNacional

Autorización de salida de personal militar argentino para la misión de paz de la ONU en Colombia

Sanción:28 de septiembre de 2016BO:1 de noviembre de 2016Ver fuente oficial
3artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La Constitución (art. 75 inc. 28) reserva al Congreso permitir la salida de fuerzas nacionales del territorio. Con esta ley el Congreso autorizó, por el término de tres años a partir del 3 de octubre de 2016, la salida de personal y medios militares, de seguridad y de colaboración humanitaria y social argentinos ante un eventual requerimiento de la ONU, para participar en el proceso de paz acordado entre el gobierno de Colombia y las FARC-EP. El detalle de medios y personal integra el Anexo I. Es una autorización de duración acotada, cuyos efectos se agotaron al vencer el plazo.

Objetivo

Habilitar la participación argentina en la misión de paz de la ONU en Colombia autorizando la salida de personal y medios del territorio nacional.

Problema que resuelve

Sin la autorización del Congreso las fuerzas nacionales no pueden salir del país; se necesitaba la habilitación legal para responder a un eventual pedido de la ONU en el proceso de paz colombiano.

A quiénes alcanza

personal militar y de seguridad argentinoMinisterio de DefensaCongreso de la Nación
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Ministerio de Defensa debe remitir a ambas Cámaras del Congreso la nómina completa del personal antes del desplazamiento autorizado.

Casos de uso

  • Un integrante de las Fuerzas Armadas o de seguridad convocado a la misión de paz de la ONU en Colombia entre 2016 y 2019.

Preguntas frecuentes

Autoriza la salida del país de personal y medios militares, de seguridad y de asistencia humanitaria argentinos, por tres años desde el 3 de octubre de 2016, para participar en la misión de paz de la ONU vinculada al acuerdo entre el gobierno de Colombia y las FARC-EP.