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Ley 27.321

VigenteNacional

Contrato de Trabajo — Valor probatorio de registros y planillas de contralor

Sanción:16 de noviembre de 2016BO:15 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
contrato de trabajoprueba laboralregistros del empleador
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Equipara el valor probatorio de las planillas y registros de control (horarios, asistencia, producción) al de los libros laborales: si no reúnen los requisitos de validez, el juez los aprecia con el mismo criterio, lo que en la práctica juega en contra del empleador que los lleva mal.

Objetivo

Evitar que el empleador se ampare en registros informales o mal llevados para desvirtuar lo que declara el trabajador.

Problema que resuelve

Los registros y planillas exigidos por convenios o estatutos quedaban en una zona gris probatoria, distinta de la de los libros del artículo 52.

A quiénes alcanza

trabajadores en relación de dependenciaempleadoresabogados laboralistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Los registros, planillas y demás elementos de contralor deben reunir los mismos requisitos de validez que los libros laborales.

Derechos que reconoce

  • Que las irregularidades en los registros del empleador se aprecien judicialmente a favor del trabajador, en los términos del artículo 53.

Casos de uso

  • Discutir la jornada real cuando el empleador lleva mal las planillas de horario.
  • Probar horas extras no registradas.

Preguntas frecuentes

Extendió a los registros, planillas y demás elementos de contralor (exigidos por leyes, estatutos profesionales o convenios colectivos) el mismo requisito de validez que la ley exige a los libros laborales del artículo 52.