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Ley 27.323

VigenteNacional

Contrato de Trabajo — Deber de seguridad: integridad psicofísica y dignidad

Sanción:16 de noviembre de 2016BO:15 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
2artículos
contrato de trabajohigiene y seguridadriesgos del trabajo
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Restituye y amplía el deber de seguridad del empleador, que había sido recortado en los años 90. Vuelve a poner el eje en la integridad psicofísica y la dignidad del trabajador, y consagra el derecho a rehusar la prestación —sin perder la — cuando hay peligro inminente de daño o el lugar fue declarado insalubre y el empleador no hizo nada.

Objetivo

Que la seguridad e higiene no sea solo una administrativa sino un deber contractual del empleador, con una herramienta concreta en manos del trabajador.

Problema que resuelve

La reforma de los 90 había vaciado el artículo 75, remitiéndolo a la Ley de Riesgos del Trabajo y dejando al trabajador sin una vía propia dentro del .

A quiénes alcanza

trabajadores en relación de dependenciaempleadoresdelegados de seguridad e higiene
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Adoptar las medidas necesarias para tutelar la integridad psicofísica y la dignidad de los trabajadores.
  • Evitar los efectos de las tareas penosas, riesgosas o determinantes de vejez o agotamiento prematuro.
  • Observar las disposiciones sobre higiene y seguridad en el trabajo.
  • Hacer observar las pautas y limitaciones a la duración del trabajo.

Derechos que reconoce

  • Rehusar la prestación de trabajo, sin perder la , ante peligro inminente de daño.
  • Rehusarla si el organismo competente declaró insalubre el lugar y el empleador no hizo las obras ni entregó los elementos exigidos.
  • Trabajar en condiciones que preserven la integridad psicofísica y la dignidad.

Casos de uso

  • Te mandan a una tarea con riesgo inminente y sin elementos de protección.
  • El lugar fue declarado insalubre y la empresa no hizo nada.
  • Reclamás por condiciones ambientales insalubres o ruidosas.

Preguntas frecuentes

Sí, en las condiciones del artículo 75 reformado: si el trabajo se exige en transgresión a las normas de higiene y seguridad y existe peligro inminente de daño, o se configuró el incumplimiento mediante constitución en , o el lugar fue declarado insalubre y el empleador no hizo los trabajos exigidos. En esos casos no perdés ni te reducen la .