Resumen ejecutivo
Cuando una persona o una empresa obtiene rentas en dos países, ambos pueden pretender gravarlas: es la doble imposición. Los convenios para evitarla reparten la potestad tributaria entre los Estados y establecen mecanismos de intercambio de información para prevenir la evasión. Esta ley aprueba el Acuerdo entre la República Argentina y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal con respecto a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, suscripto en la ciudad de México el 4 de noviembre de 2015, que consta de treinta y un artículos y un protocolo, cuya copia autenticada forma parte de la ley.Objetivo
Aprobar el convenio con México para evitar la doble imposición sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal.Problema que resuelve
Sin convenio, una misma renta obtenida entre la Argentina y México podía quedar gravada dos veces, lo que encarece la inversión y el trabajo entre ambos países, y las administraciones tributarias carecían de un marco bilateral de intercambio de información.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes