Ley 27.338

Artículo 2Inclusión en el calendario turístico nacional

Texto oficial

Inclúyase la misma en el calendario turístico nacional.

Qué significa en la práctica

Ordena incluir la fiesta en el calendario turístico nacional, el instrumento oficial con el que el Estado difunde los acontecimientos y destinos del país. Es el único concreto de la ley y recae sobre la autoridad nacional de turismo.

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