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Ley 27.343

VigenteNacional

Creación de la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC)

Sanción:30 de noviembre de 2016BO:21 de diciembre de 2016Ver fuente oficial
18artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

La ley crea la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), un organismo desconcentrado que dota al Poder Legislativo de técnica propia e independiente para analizar el presupuesto nacional, estimar el costo fiscal de los proyectos de ley, evaluar políticas públicas, estudiar el fiscal y la sostenibilidad de la deuda, e incorporar la perspectiva de género al análisis presupuestario. Se organiza en cuatro direcciones y un cuerpo de analistas seleccionados por concurso, y sus autoridades duran cinco años. El Poder Ejecutivo queda obligado a darle acceso a los sistemas de información financiera y de deuda (SIDIF y SIGADE) y a responder sus pedidos. Todos sus informes son públicos y se publican en las webs de ambas Cámaras. Está inspirada en oficinas presupuestarias legislativas como la CBO de los Estados Unidos.

Objetivo

Dotar al Congreso de técnica propia e independiente para analizar el presupuesto y el impacto fiscal de las leyes.

Problema que resuelve

El Congreso dependía casi exclusivamente de la información y las estimaciones del Poder Ejecutivo para analizar el presupuesto y el costo fiscal de los proyectos de ley, sin un cuerpo técnico propio e imparcial que lo asistiera.

A quiénes alcanza

legisladores y comisiones del Congresociudadaníaorganismos del Poder Ejecutivo
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Poder Ejecutivo debe dar a la OPC acceso a los sistemas de información financiera (SIDIF) y de deuda pública (SIGADE) y responder en tiempo los informes que solicite (art. 3).
  • Todos los informes de la OPC deben ser de acceso público y publicarse en los sitios web de ambas Cámaras (art. 14).
  • El director general y los directores deben seleccionarse por concurso público de oposición y antecedentes (arts. 6 y 10).

Derechos que reconoce

  • Que exista un organismo técnico e independiente del Congreso que analice el presupuesto y estime el impacto fiscal de los proyectos de ley (arts. 1 y 2).
  • Acceder públicamente a los informes y análisis presupuestarios que elabora la OPC (art. 14).

Casos de uso

  • Una comisión de Presupuesto pide a la OPC estimar el costo fiscal de un proyecto de ley antes de votarlo (art. 2).
  • Un ciudadano o periodista consulta en la web del Congreso los informes de la OPC sobre la deuda pública o el presupuesto (art. 14).

Preguntas frecuentes

Es un organismo desconcentrado del Congreso que brinda análisis técnico e independiente sobre el presupuesto, los tributos, el impacto fiscal de los proyectos de ley y la sostenibilidad de la deuda pública (arts. 1 y 2).