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Ley 27.354

VigenteNacional

Emergencia de la cadena de producción de peras y manzanas

Sanción:26 de abril de 2017BO:26 de mayo de 2017Ver fuente oficial
4artículos
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Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Declara en emergencia económica, productiva, financiera y social, por 365 días, a la cadena de producción de peras y manzanas de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, un sector golpeado por la caída de precios y el aumento de costos. Faculta al Poder Ejecutivo a instrumentar regímenes especiales de prórroga y planes de pago para las obligaciones impositivas y de la seguridad social ante AFIP y ANSES, con tasas de hasta el 1% mensual y beneficios adicionales para los pequeños productores. Leyes posteriores (27.374, 27.396, 27.503) ampliaron su alcance y la prorrogaron. El plazo de emergencia y sus prórrogas ya vencieron, aunque la ley no fue derogada.

Objetivo

Dar alivio fiscal y previsional a la cadena de peras y manzanas en emergencia.

Problema que resuelve

La producción de peras y manzanas de la Patagonia y Cuyo enfrentaba una crisis por caída de precios, sobrecostos y endeudamiento que ponía en riesgo a productores y empleos regionales.

A quiénes alcanza

productores de peras y manzanascadena frutícola de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La PampaAFIPANSES
Análisis jurídico

Obligaciones

  • La AFIP debe formular convenios de facilidades de pago para las obligaciones de los sujetos alcanzados, con una tasa de interés de hasta el 1% mensual.
  • Durante la emergencia queda suspendida la iniciación de juicios de ejecución fiscal y se paralizan los que estuvieran en trámite, junto con los plazos de y caducidad.

Derechos que reconoce

  • Acceder a regímenes especiales de prórroga y planes de pago de las obligaciones impositivas y previsionales ante AFIP y ANSES.
  • Los productores con ingresos anuales de hasta 7 millones de pesos pueden incorporar deudas de todos los períodos no prescriptos y financiarlas en hasta 90 cuotas al 1% mensual.

Casos de uso

  • Un productor frutícola de Río Negro incorpora sus deudas impositivas a un plan de facilidades de pago al 1% mensual durante la emergencia.
  • Un pequeño productor con ingresos por debajo del tope obtiene la financiación en hasta 90 cuotas del artículo 2° quáter.

Preguntas frecuentes

Declara en emergencia económica, productiva, financiera y social, por 365 días, a la cadena de producción de peras y manzanas de Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa (artículo 1°).