Volver al listado

Ley 27.356

VigenteNacional

Convenio de Minamata sobre el Mercurio

Sanción:26 de abril de 2017BO:18 de mayo de 2017Ver fuente oficial
2artículos
mercuriocontaminaciónsustancias peligrosassalud ambientaltratado ambiental
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El mercurio es un metal pesado que se acumula en los organismos vivos y daña de forma irreversible el sistema nervioso, sobre todo el de los niños y el de los fetos. El Convenio de Minamata —adoptado en Kumamoto, Japón, el 10 de octubre de 2013, con 35 artículos y 5 anexos— es el primer tratado global que ataca el problema en todo el ciclo de vida del mercurio: su extracción minera, su comercio internacional, su uso en productos y procesos industriales, sus emisiones al aire, sus liberaciones al agua y al suelo, su almacenamiento y los sitios contaminados. Toma su nombre de la bahía japonesa de Minamata, donde a mediados del siglo XX el vertido industrial de mercurio provocó una intoxicación masiva. Con esta ley el Congreso argentino aprueba el Convenio y el país queda obligado internacionalmente a cumplirlo. El texto del tratado se incorpora como anexo autenticado en español e inglés, y no forma parte del articulado de la ley.

Objetivo

Aprobar el Convenio de Minamata sobre el Mercurio para que la Argentina quede obligada internacionalmente a reducir y eliminar el uso, la emisión y la liberación de mercurio.

Problema que resuelve

El mercurio circula globalmente: se emite en un país y se deposita en otro, contamina el agua, se acumula en los peces y llega a las personas a través de los alimentos. Sin un tratado global, las medidas nacionales aisladas resultaban insuficientes frente a un contaminante que no reconoce fronteras.

A quiénes alcanza

Estado nacionalindustrias que utilizan o emiten mercuriomineros artesanales de orosector salud y odontologíapoblación expuesta a mercurio
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado argentino queda obligado internacionalmente a aplicar el Convenio de Minamata: restringir la oferta y el comercio de mercurio, reducir su uso en productos y procesos industriales, controlar sus emisiones y liberaciones, y gestionar los residuos y los sitios contaminados conforme al tratado.
  • El Poder Ejecutivo debe adoptar las medidas internas necesarias para cumplir los compromisos del Convenio y reportar los avances en el marco de la Conferencia de las Partes.

Derechos que reconoce

  • Derecho de la población a un ambiente y a alimentos libres de contaminación por mercurio, respaldado por un compromiso internacional exigible al Estado.
  • Que la Argentina quede obligada internacionalmente por el Convenio de Minamata y participe de sus mecanismos de cooperación y asistencia técnica.

Casos de uso

  • Una comunidad afectada por emisiones de mercurio de una industria puede invocar el compromiso internacional asumido por el país junto con la Ley de Residuos Peligrosos.
  • Un fabricante de termómetros, pilas o lámparas necesita saber si su producto está alcanzado por la eliminación progresiva prevista en el Convenio.
  • La minería artesanal del oro, que usa mercurio para amalgamar, es uno de los focos centrales del tratado.

Preguntas frecuentes

Es el tratado internacional adoptado en Kumamoto (Japón) el 10 de octubre de 2013 para proteger la salud humana y el ambiente de las emisiones y liberaciones de mercurio. Cubre todo el ciclo de vida del metal: extracción, comercio, uso en productos y procesos, emisiones, residuos y sitios contaminados. La Ley 27.356 (Convenio de Minamata sobre el Mercurio) lo aprueba (artículo 1°).