Ley 27.382

Artículo 2Inclusión en el calendario turístico nacional y difusión

Texto oficial

Inclúyase la Fiesta Nacional del Caballo, en el calendario turístico nacional y en los ámbitos de difusión que disponga el Ministerio de Turismo de la Nación.

Qué significa en la práctica

Ordena incluir la Fiesta Nacional del Caballo en el calendario turístico nacional y también en los ámbitos de difusión que disponga el Ministerio de Turismo de la Nación. Es un de promoción a cargo de la cartera turística: la fiesta debe aparecer en la difusión oficial del turismo.

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