Volver al listado

Ley 27.401

VigenteNacional

Ley 27.401 - Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas

Sanción:8 de noviembre de 2017BO:1 de diciembre de 2017Ver fuente oficial
40artículos
responsabilidad penal empresariacompliancecorrupcióncohechoprograma de integridadderecho penalanticorrupción
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Sancionada en 2017, incorpora al derecho argentino la responsabilidad penal de las empresas por delitos de corrupción. La empresa responde por los hechos cometidos en su nombre, interés o beneficio, con penas que van de la multa a la disolución. Crea incentivos al cumplimiento: la exención de pena para quien denuncia, tiene un Programa de Integridad y devuelve el beneficio; el acuerdo de colaboración eficaz con la fiscalía; y la exigencia de programas de integridad para contratar con el Estado. También reforma varios delitos del Código Penal de la Nación Argentina.

Objetivo

Responsabilizar penalmente a las personas jurídicas por hechos de corrupción y promover la prevención mediante programas de integridad (compliance).

Problema que resuelve

Antes de esta ley las empresas no podían ser penalmente responsables por los actos de corrupción cometidos en su beneficio: solo respondían las personas humanas, lo que dejaba sin sanción a la organización que se beneficiaba.

A quiénes alcanza

empresaspersonas jurídicas privadasdirectores y administradoresoficiales de cumplimiento (compliance)proveedores del Estadoabogados penalistas
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Implementar un Programa de Integridad adecuado al riesgo y tamaño de la empresa para contratar con el Estado nacional en los casos del art. 24.
  • No intervenir, en nombre o beneficio de la empresa, en delitos de cohecho, tráfico de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, enriquecimiento ilícito o balances falsos.
  • Devolver el beneficio indebido y denunciar espontáneamente el para acceder a la exención de pena (art. 9).

Derechos que reconoce

  • Quedar eximida de pena si cumple a la vez las condiciones del art. 9 (denuncia espontánea, Programa de Integridad adecuado y devolución del beneficio).
  • Celebrar un acuerdo de colaboración eficaz con el Ministerio Público Fiscal (art. 16).
  • Ejercer los derechos del durante el proceso penal (art. 11).

Sanciones

  • Multa de 2 a 5 veces el beneficio indebido obtenido o que se hubiera podido obtener.
  • Suspensión total o parcial de actividades (hasta 10 años).
  • Suspensión para contratar con el Estado (hasta 10 años).
  • Disolución y liquidación de la personería.
  • Pérdida o suspensión de beneficios estatales.
  • Publicación de un extracto de la condenatoria.

Casos de uso

  • Diseñar un Programa de Integridad (compliance) para poder contratar con el Estado nacional.
  • Evaluar la responsabilidad penal de una empresa por hechos de corrupción de sus directivos o de terceros.
  • Negociar un acuerdo de colaboración eficaz para reducir las sanciones.

Preguntas frecuentes

A las personas jurídicas privadas (empresas), de capital nacional o extranjero, con o sin participación estatal, por determinados delitos de corrupción contra la administración pública.