Resumen ejecutivo
El saqueo de sitios arqueológicos y el robo de piezas de museos e iglesias alimentan un mercado internacional que solo funciona si las piezas cruzan la frontera y aparecen "legales" del otro lado. Los convenios bilaterales de bienes culturales atacan ese eslabón: los Estados se comprometen a impedir la importación y la exportación ilícitas de piezas del patrimonio del otro y a restituirlas cuando aparecen en su territorio. La Argentina y Ecuador suscribieron en Quito, el 9 de diciembre de 2015, un convenio de diez artículos para la prevención y lucha contra el tráfico ilícito y la restitución de bienes culturales transferidos, apropiados, exportados o importados ilícitamente. Esta ley lo aprueba. El texto del convenio se incorpora como copia autenticada en anexo y no forma parte del articulado, que tiene dos artículos.Objetivo
Aprobar el convenio con Ecuador para prevenir y combatir el tráfico ilícito de bienes culturales y para asegurar la restitución de las piezas sustraídas o exportadas ilegalmente.Problema que resuelve
Las piezas arqueológicas, paleontológicas y artísticas robadas o exportadas ilegalmente se pierden para siempre cuando llegan a otro país: sin un acuerdo de restitución, recuperarlas exige litigar en el extranjero y muchas veces resulta imposible.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes