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Ley 27.410

VigenteNacional

Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género

Sanción:8 de noviembre de 2017BO:29 de noviembre de 2017Ver fuente oficial
3artículos
violencia de géneroprevenciónconcientizaciónpolíticas públicas
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Esta ley no se agota en una efeméride. Instituye el mes de noviembre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género y, en su artículo 2°, impone un concreto: el Estado nacional en sus tres poderes —Ejecutivo, Legislativo y Judicial— y sus organismos centralizados, descentralizados y autárquicos deben desarrollar cada noviembre actividades públicas de educación y concientización orientadas a la prevención. El artículo remite expresamente al Art. 11 — Ley de Violencia contra la Mujer de Protección Integral de las Mujeres, que fija las políticas públicas que el Estado debe implementar. La ley concentra en un mes una de acción estatal que la 26.485 ya preveía, y la extiende a los tres poderes, no solo al Ejecutivo.

Objetivo

Concentrar en noviembre de cada año la acción pública de educación y concientización del Estado nacional para prevenir la violencia de género.

Problema que resuelve

La Ley de Violencia contra la Mujer mandaba al Estado implementar políticas de prevención, pero esa acción quedaba dispersa y sin un momento fijo del año que la volviera visible y exigible; además, en los hechos recaía casi exclusivamente sobre el Poder Ejecutivo.

A quiénes alcanza

Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial nacionalesorganismos centralizados, descentralizados y autárquicosmujeres en situación de violenciaorganizaciones de género
Análisis jurídico

Obligaciones

  • El Estado nacional, en sus tres poderes, y sus organismos centralizados, descentralizados y autárquicos deben desarrollar cada noviembre actividades públicas de educación y concientización orientadas a la prevención de la violencia de género (artículo 2°).

Casos de uso

  • Un organismo público que debe planificar sus acciones de noviembre y necesita el fundamento legal de la actividad.
  • Una organización de la sociedad civil que reclama al Estado el cumplimiento de las actividades de concientización.
  • Una universidad o escuela que arma una campaña de prevención en noviembre.

Preguntas frecuentes

El artículo 1° instituye noviembre de cada año como Mes Nacional de Concientización sobre la Violencia de Género. La ley no explicita el motivo de la elección del mes.