Resumen ejecutivo
La Ley 27.414 tiene un solo artículo de fondo: declara al caballo de raza Criolla como Caballo Nacional y Patrimonio Cultural de la Argentina. Es una declaración puramente honorífica y de las más breves del corpus. No crea un régimen de protección de la raza, no regula su cría, registro genealógico ni comercialización, no asigna fondos ni designa , y no impone alguna a ningún organismo. Su valor es simbólico: reconoce el papel del criollo —el caballo adaptado a las condiciones del campo argentino— en la historia rural y en la identidad cultural del país.Objetivo
Reconocer al caballo de raza Criolla como símbolo nacional y parte del patrimonio cultural argentino.Problema que resuelve
La raza Criolla, central en la historia rural argentina, no tenía ningún reconocimiento simbólico del Estado nacional.A quiénes alcanza
Casos de uso
Preguntas frecuentes