Resumen ejecutivo
La flota mercante de bandera argentina venia perdiendo participacion frente a las banderas extranjeras, mas competitivas, tanto en el cabotaje como en los trafico fluviales de la Hidrovia Paraguay-Parana. La ley crea un regimen de promocion sectorial: un Registro de Armadores Nacionales, beneficios tributarios por diez anos (detraccion de contribuciones patronales, subsidio al combustible del cabotaje), la importacion de buques nuevos con Derecho de Importacion de Extrazona del 0%, reglas para el a casco desnudo con tratamiento de bandera argentina y la obligacion de tripular los buques con personal argentino. Ademas modifica la Ley de Navegacion 20.094 en materia de responsabilidad de practicos y de la naval, y deroga los decretos 1.010/2004 y 1.022/2006. Varios de sus articulos fueron modificados y luego restituidos a su texto original por el Decreto 628/2025 (B.O. 3/9/2025), que restablecio el regimen original.Objetivo
Fomentar el desarrollo y la competitividad de la marina mercante de bandera nacional y la integracion fluvial regional, aumentando la flota argentina y el empleo de tripulaciones argentinas.Problema que resuelve
La flota mercante de bandera argentina perdia competitividad frente a las banderas extranjeras y carecia de un regimen de promocion actualizado que incentivara la incorporacion de buques, el cabotaje y el empleo de tripulaciones argentinas.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes