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Ley 27.422

VigenteNacional

Chascomús, Capital Nacional de las Orquestas Infantiles y Juveniles

Sanción:30 de noviembre de 2017BO:21 de diciembre de 2017Ver fuente oficial
2artículos
orquestas infantiles y juvenilescapital nacionaleducación musicalChascomús
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

Chascomús es la ciudad donde nació la experiencia de orquesta-escuela que después se replicó en todo el país: chicos y adolescentes que aprenden música tocando juntos en una orquesta, como herramienta de formación e inclusión social. La Ley 27.422 le otorga por eso el título de Capital Nacional de las Orquestas Infantiles y Juveniles. La declaración es honorífica: reconoce y da visibilidad a ese modelo pedagógico, pero no crea un programa nacional de orquestas, no asigna fondos ni obliga a ninguna a sostener las que ya existen.

Objetivo

Distinguir a Chascomús como capital nacional de las orquestas infantiles y juveniles.

Problema que resuelve

El movimiento de orquestas infantiles y juveniles, extendido por todo el país como herramienta de educación musical e inclusión, no tenía un reconocimiento nacional que identificara a la ciudad donde se gestó el modelo.

A quiénes alcanza

Ciudad de ChascomúsOrquestas infantiles y juvenilesDocentes y estudiantes de música
Análisis jurídico

Casos de uso

  • Una orquesta-escuela o un municipio que invoca el título nacional de Chascomús para difundir encuentros y festivales de orquestas infantiles y juveniles.
  • Una escuela de música que presenta el modelo de orquesta-escuela ante autoridades educativas apoyándose en el reconocimiento nacional.

Preguntas frecuentes

Declara a la ciudad de Chascomús, provincia de Buenos Aires, Capital Nacional de las Orquestas Infantiles y Juveniles (art. 1°). Es un título honorífico otorgado por el Congreso.