Resumen ejecutivo
Cuando una persona o una empresa gana dinero en dos países, los dos pueden querer cobrarle impuesto a la renta sobre lo mismo. Los convenios para evitar la doble imposición reparten esa potestad: definen qué país grava cada tipo de renta —dividendos, intereses, regalías, servicios, ganancias empresarias— y con qué límites, y prevén mecanismos para evitar tanto la doble tributación como el abuso del propio convenio. La Argentina y Brasil tenían un convenio bilateral de larga data, y el 21 de julio de 2017, en Mendoza, firmaron un protocolo de enmienda de veintiocho artículos que lo actualiza. Esta ley lo aprueba. El texto del protocolo se incorpora como anexo en idioma español y no forma parte del articulado, que tiene dos artículos.Objetivo
Aprobar el protocolo que enmienda el convenio con Brasil para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal respecto de los impuestos sobre la renta, y su protocolo.Problema que resuelve
El convenio con Brasil había quedado desactualizado frente a los estándares internacionales contra la evasión y la elusión fiscal, y sus reglas ya no reflejaban la realidad del intercambio económico entre los dos principales socios del Mercosur.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes