Ley 27.442

Artículo 43Periodo de prueba y resolucion

Texto oficial

Concluido el de noventa (90) días prorrogable por igual período, las partes y el Secretario Instructor de Conductas Anticompetitivas podrán alegar en el plazo de seis (6) días sobre el mérito de la misma. El Tribunal de Defensa de la dictará resolución en un plazo máximo de sesenta (60) días.

Qué significa en la práctica

Fija el periodo de prueba de noventa dias y la resolucion final del Tribunal.

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