Observatorio de Leyes
Legislación argentina accesible
Explorar
Herramientas
Guías
Planes
Buscar
Inicio
/
Leyes
/
Ley de Defensa de la Competencia
/
Art. 69
Ley 27.442
Artículo 69
Integracion de la Sala
Descargar artículo (PDF)
Compartir
Texto oficial
La Sala se integrará con un (1) presidente, dos (2) vocales y una (1) secretaría. El presidente y los vocales contarán con un (1) secretario cada uno.
Qué significa en la práctica
La Sala se integra con un presidente, dos vocales y una secretaria.
← Artículo anterior
Art. 68 — Sala Especializada
Artículo siguiente →
Art. 70 — Actuacion de la Sala
Normas relacionadas
Deroga a
Ley de Defensa de la Competencia
→
Relacionada con
Constitución Nacional
→
← Ver en Ley de Defensa de la Competencia completa
Leyes →